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| Juzgado de Resolución Vial | Un fuero en que la Policía sigue siendo juez y parte |  | En materia de faltas viales, la Policía de Mendoza es juez y parte. Si bien el parámetro de aplicación de sanciones es la Ley 6082 y sus modificatorias, las actas de infracción que suelen ser recurridas ante este "Juzgado" a cargo de un funcionario policial son labradas por policías, lo que obviamente tiñe de parcialidad manifiesta sus resoluciones por más equitativos que sean los encargados de resolver. Para colmo, el nombramiento de quienes se desempeñan en ese cargo depende del Ministerio de Seguridad, que designa o remueve titulares a criterio de los funcionarios de turno que rara vez reparan en los antecedentes, la experiencia o capacidad de quienes nombran.
En el caso de San Rafael, allá por abril fue relevado como titular del Juzgado Vial Zona Sur, el comisario Jorge Ayala en medio de numerosas críticas formuladas, incluso, por sus propios subordinados.
En su lugar asumió el subcomisario Luis de Miguel, que venía de hacer un muy buen trabajo como responsable del Área de Licencias de Conducir. De Miguel, con amplia experiencia en materia vial, removió a un par de funcionarios cuando dudó de su desempeño y ordenó que se iniciaran sumarios internos para deslindar responsabilidades, lo que le valió algunas enemistades.
Nadie supone que haya sido por esos enconos, pero hoy ha sido desplazado de este cargo y volvió a la Policía Vial. En su lugar fue designado un policía retirado de Tunuyán, el comisario inspector Gerardo Raúl Benegas, que jamás estuvo en la Policía Vial aunque descontamos que conocerá a fondo la Ley de Tránsito que debe aplicar.
La experiencia en estos casos indica que los funcionarios de otro lugar de la provincia no siempre son eficientes a menos que se radiquen aquí, ya que de lo contrario concurren tres o cuatro días por semana a cumplir sus funciones y, razonablemente, tratan de volver cuanto antes junto a sus familias.
Además, como el Juzgado en materia Vial debe decidir cuándo y a quiénes se les reintegra la licencia de conducir que hubiera sido retenida a raíz de una infracción, o eventualmente debe actuar cuando se llevan a cabo operativos de control los fines de semana y en horario nocturno, cabe preguntarse quién subrogará al titular en ausencia de éste.
Pero, como sucede casi invariablemente cuando algún organismo del Estado no tiene demasiado sustento o nadie quiere que se revise a fondo su funcionamiento, no hay ninguna comisión bicameral que lo controle ni Cámara de Apelaciones adonde recurrir en caso de sufrir alguna arbitrariedad. |  |  | | Nota 22580 |  |
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